PEGASO CARAVANAS S.L. · Valencia · Válidas a partir del 01.10.2026
Apreciado cliente: su parte contratante es el centro de alquiler que le entrega el vehículo. Al formalizar el contrato para la reserva de una autocaravana, las siguientes condiciones pasarán a formar parte del contrato entre PEGASO CARAVANAS S.L., como centro de alquiler (en adelante, el «arrendador»), y usted (en adelante, el «arrendatario»). Le rogamos que lea con atención estas condiciones.
1.1 Únicamente son válidas las presentes Condiciones Generales de Pegaso Caravanas y sus socios (en adelante, el «arrendador»). No se admitirán las condiciones del arrendatario que difieran o sean contrarias a las Condiciones Generales del arrendador. Estas también serán válidas cuando el arrendador alquile sin reservas la autocaravana al arrendatario, aun conociendo las condiciones divergentes de este.
1.2 El objeto del contrato es únicamente la cesión en régimen de alquiler de la autocaravana. El arrendador no adeuda prestaciones de viaje ni, en particular, la organización del viaje en su conjunto.
1.3 En caso de reserva, entre el arrendatario y el arrendador se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler está limitado a la duración acordada. Queda excluida la prórroga tácita del contrato por un período indeterminado debido a un uso continuado del vehículo.
1.4 Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán por escrito.
2.1 El arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener como mínimo 25 años y estar en posesión de un permiso de conducción de clase B con más de 3 años de antigüedad, o del permiso nacional equivalente. Los conductores no residentes en la UE deberán disponer además del permiso de conducción internacional. Para la entrega de la autocaravana es imprescindible que el arrendatario y los conductores presenten el permiso de conducir y el pasaporte o documento nacional de identidad en vigor. Si la entrega se demora por no presentar estos documentos, el retraso correrá a cargo del arrendatario. Si la documentación no se presenta en el momento acordado para la entrega o en un plazo razonable, el arrendador podrá anular el contrato, aplicándose las condiciones de cancelación del apartado 4.3.
2.2 Algunos vehículos del arrendador pueden tener una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, cuya conducción requiere el permiso correspondiente. Los titulares de un permiso de clase B deberán consultar con el arrendador la masa máxima autorizada del vehículo reservado.
2.3 Si en el momento de la entrega el conductor no dispone del permiso de conducir correspondiente al vehículo alquilado, se considerará que la autocaravana no ha sido recogida y se aplicarán las condiciones de cancelación del apartado 4.3.
2.4 Solo podrán conducir el vehículo el arrendatario y los conductores adicionales registrados en el centro de alquiler.
3.1 Los precios de alquiler se derivan de la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato. El período mínimo de alquiler en determinadas épocas del año se deriva igualmente de dicha lista. En función de los días reservados, serán válidos los precios que figuren en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cuantía figura también en la lista de precios vigente.
3.2 Los precios de los accesorios y servicios opcionales se derivan de la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato.
3.3 El alquiler mínimo es de tres días.
3.4 Kilometraje: en los alquileres de hasta 5 días se incluyen 200 km por día de alquiler; a partir de 6 días de alquiler el kilometraje es ilimitado. Los kilómetros que excedan el kilometraje incluido se cobrarán según la lista de precios vigente. El precio del alquiler incluye además el seguro a todo riesgo con franquicia (apartado 11) y la garantía de movilidad del fabricante del vehículo. El período de alquiler comienza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario en el centro de alquiler y finaliza con la recepción del vehículo por parte del personal del centro. Los portabicicletas no son aptos para bicicletas eléctricas.
3.5 Si la autocaravana se devuelve después de la hora acordada por escrito, el arrendador cobrará por cada hora de retraso el importe estipulado en la lista de precios vigente, con un máximo del precio de una jornada completa por cada día de retraso. El arrendatario asumirá los gastos derivados de las reclamaciones que otro arrendatario u otra persona haga valer frente al arrendador por un retraso en la devolución imputable al arrendatario.
3.6 Si el vehículo se devuelve antes de que finalice el período de alquiler contratado, deberá abonarse igualmente el precio íntegro acordado.
3.7 La autocaravana se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará el combustible necesario según la lista de precios vigente. El arrendatario correrá con los gastos de carburante y funcionamiento durante el período de alquiler.
3.8 La devolución del vehículo en un lugar distinto al de recogida requiere un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente, que se pactará antes de la recogida.
4.1 Las reservas solo serán vinculantes tras la confirmación del arrendador conforme al apartado 4.2 y se refieren exclusivamente a grupos de vehículos, no a modelos concretos, aunque en la descripción del grupo se indique un modelo a modo de ejemplo. El arrendador se reserva el derecho de asignar un vehículo de gama igual o superior.
4.2 Para confirmar la reserva deberá abonarse un anticipo del 30 % del importe total del alquiler, con un mínimo de 300 €. Una vez recibido el pago, el arrendatario recibirá la confirmación de la reserva, que desde ese momento será vinculante para ambas partes. El pago del importe restante se rige por el apartado 5.
4.3 Si el arrendatario cancela una reserva confirmada, se aplicarán las siguientes condiciones:
La cancelación deberá comunicarse por escrito.
4.4 Los vales de cancelación están sujetos a las siguientes condiciones:
5.1 El importe restante del alquiler, incluidos los extras contratados, deberá abonarse a más tardar 60 días antes del inicio del alquiler, en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario.
5.2 En las reservas realizadas con menos de 60 días de antelación al inicio del alquiler, el importe total del alquiler deberá abonarse en el momento de la reserva.
5.3 A más tardar en el momento de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá constituir una fianza de 700 € mediante tarjeta de crédito (MasterCard o Visa), como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato. El importe de la fianza queda retenido en la tarjeta y se libera conforme al apartado 5.5.
5.4 Seguro Premium. Al realizar la reserva, el arrendatario podrá contratar la cobertura opcional «Seguro Premium», cuyo precio y, en su caso, importe máximo por alquiler figuran en la lista de precios vigente. Con esta cobertura, la franquicia del seguro a todo riesgo se reduce a 0 € y no se exige la fianza prevista en el apartado 5.3. Las exclusiones de responsabilidad de los apartados 11.2 a 11.6 se aplican igualmente a esta cobertura. El arrendatario sigue obligado al pago de los importes previstos en el apartado 5.6 (kilometraje adicional, combustible, limpieza, multas, etc.), que se liquidarán a la devolución del vehículo.
5.5 La fianza se liberará tras la revisión del vehículo por un responsable del arrendador, quien, en caso de desperfectos por mal uso, determinará el importe que el arrendatario deberá abonar. Dicho importe se deducirá de la fianza, y el arrendatario acepta pagar la diferencia si el coste de los desperfectos supera la fianza. Si no es posible valorar los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 40 días para efectuar la liquidación y liberar la fianza o reclamar la diferencia. En caso de siniestro, se deducirá también de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo. Si procede abonar al arrendatario alguna compensación sobre el precio pagado por adelantado, se devolverá junto con la fianza.
5.6 El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:
5.7 En caso de retraso en los pagos, se aplicarán los intereses de demora conforme a la legislación vigente.
6.1 Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones del personal técnico del arrendador en el punto de entrega. Se elaborará un acta de entrega en la que se describirá el estado del vehículo y que firmarán ambas partes. El arrendador podrá negarse a entregar el vehículo hasta que se haya realizado dicha instrucción.
6.2 Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final junto con el personal del centro de alquiler. Se elaborará un acta de devolución que firmarán ambas partes. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega y se detecten en la devolución correrán a cargo del arrendatario.
6.3 Por norma general, las entregas se efectúan de lunes a sábado de 10:00 a 12:00 y las devoluciones de lunes a sábado de 10:00 a 13:00. Los horarios que figuren en el contrato de alquiler se considerarán los acordados. Al realizar la reserva pueden contratarse, según disponibilidad y tarifa vigente, la recogida la tarde anterior y la devolución por la tarde. El día de la entrega y el de la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas, o si las superan por causas imputables al arrendador.
6.4 Los retrasos no autorizados en la devolución se penalizarán con el triple de la tarifa diaria aplicada en el contrato. Cualquier causa de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado deberá comunicarse inmediatamente al arrendador para su aceptación; en caso contrario, se considerará retraso no autorizado.
6.5 Si el arrendatario desea prolongar el alquiler, deberá solicitarlo con un mínimo de tres días de antelación al fin del contrato. La prórroga estará sujeta a la disponibilidad del arrendador, que no asume ningún compromiso previo.
6.6 Cualquier alteración de las fechas de alquiler deberá ser autorizada previamente por el arrendador. Su incumplimiento faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o reclamarlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de exigir la devolución del vehículo en cualquier momento durante la vigencia del contrato si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.
6.7 Si en la devolución el arrendatario no está presente en la inspección por causas imputables a él (entrega por buzón, falta de disponibilidad, etc.) y se aprecian daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración resultante de la inspección realizada por el personal del arrendador.
6.8 El vehículo se devolverá limpio en su interior y con los depósitos de aguas grises y del WC vacíos. En caso contrario, se cobrará un suplemento de limpieza según la tarifa vigente.
6.9 Llenar el depósito de agua potable con gasóleo u otro combustible, o el depósito de combustible con agua u otro líquido, implicará una penalización de 600 €.
7.1 El arrendatario reconoce recibir el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, con la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados, y se compromete a conservarlo en buen estado y a respetar en todo momento el Código de Circulación vigente. En particular, se obliga a:
7.2 El vehículo debe cuidarse, tratarse adecuadamente y cerrarse debidamente. Deben respetarse las normas técnicas y las instrucciones de uso. El arrendatario deberá controlar el estado del vehículo, en especial los niveles de agua y aceite y la presión de los neumáticos, y comprobar regularmente que la autocaravana se encuentra en perfectas condiciones para circular con seguridad.
7.3 Está prohibido fumar en todos los vehículos. Se podrán llevar animales de compañía siempre que el arrendador lo haya autorizado expresamente. Los gastos de limpieza derivados de cualquier incumplimiento correrán a cargo del arrendatario, así como los de ventilación o eliminación del olor a tabaco, incluidas las pérdidas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante ese tiempo.
7.4 Si se infringen las disposiciones de los apartados 7.1, 7.2 o 7.3, el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.
8.1 En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales de caza, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía y al arrendador, llamando al teléfono del centro de alquiler que figura en el contrato, a más tardar el día laborable siguiente al del suceso.
8.2 El arrendatario no deberá reconocer ni prejuzgar en ningún caso la responsabilidad del hecho, salvo mediante la Declaración Amistosa de Accidente. Deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos y remitirlos al arrendador en el plazo indicado, junto con los detalles del accidente, y notificarlo inmediatamente a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente deberá entregarse debidamente cumplimentado y firmado, a más tardar, al devolver el vehículo, e incluir el nombre y la dirección de los implicados, los datos de sus permisos de conducir, los datos de la parte contraria con el nombre de su aseguradora y el número de póliza, los datos de los testigos y las matrículas de los vehículos afectados.
8.3 En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará inmediatamente a la autoridad competente y se remitirá al arrendador copia de la denuncia junto con las llaves del vehículo en un plazo máximo de 24 horas; en caso contrario, quedarán sin efecto los seguros y coberturas contratados.
8.4 Incluso en daños sin parte contraria, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un informe detallado por escrito con un croquis. Si no lo hace, por el motivo que sea, e impide así que la aseguradora abone los daños, estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.
8.5 No se abandonará el vehículo sin tomar las medidas adecuadas para protegerlo. En caso necesario, se contactará con la compañía de asistencia en carretera contratada con la aseguradora.
8.6 Si el arrendatario incumple alguna de estas medidas, el arrendador podrá reclamarle los daños y perjuicios ocasionados por su negligencia, incluido el lucro cesante durante la inmovilización del vehículo.
9.1 Quedan excluidos los derechos de indemnización del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.
9.2 Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá comunicar por escrito al arrendador los defectos detectados en la autocaravana o en su equipamiento durante el alquiler. Quedan excluidos los derechos de indemnización por defectos comunicados con posterioridad, salvo que se trate de un daño no evidente.
10.1 El desgaste mecánico normal del vehículo corre a cargo del arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis.
10.2 El vehículo deberá detenerse lo antes posible cuando se encienda cualquier testigo de anomalía. El arrendatario deberá contactar con el arrendador o con la compañía de asistencia concertada por este, y solo con ella, y acudir exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis, salvo autorización expresa del arrendador.
10.3 El arrendatario podrá encargar, con la aprobación previa del arrendador, las reparaciones necesarias para garantizar la seguridad del vehículo durante el alquiler que no superen los 150 €. El arrendador asumirá su coste contra entrega de las facturas originales y de las piezas sustituidas, siempre que el arrendatario no sea responsable del daño según el apartado 11. Quedan excluidos de esta norma los daños en los neumáticos.
10.4 Si una reparación de este tipo es necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encarga de ella, deberá comunicar sin demora el desperfecto al arrendador y concederle un plazo razonable para su reparación. El arrendador no responde de las circunstancias propias de cada país (p. ej., infraestructura) que retrasen la reparación.
10.5 Cualquier avería de los elementos del habitáculo deberá comunicarse inmediatamente al arrendador, que dará las instrucciones oportunas para su reparación.
10.6 Si, sin culpa del arrendatario, la autocaravana sufre daños graves, o se prevé que no podrá utilizarse durante un largo período, o debe retirarse de la circulación, y el arrendador pone a disposición del arrendatario en un plazo razonable un vehículo de sustitución equivalente en número de plazas o superior, quedará excluida la rescisión del contrato.
10.7 Si, por culpa del arrendatario, la autocaravana sufre daños graves, o se prevé que no podrá utilizarse durante un largo período, o debe retirarse de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de sustitución, sin que el arrendatario pueda rescindir el contrato. Si el arrendador dispone de un vehículo de sustitución, podrá cobrar al arrendatario los gastos que ello conlleve.
11.1 Conforme a los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad por los daños materiales del vehículo, con una franquicia de 700 € por siniestro a cargo del arrendatario. Si el arrendatario ha contratado el Seguro Premium (apartado 5.4), la franquicia será de 0 €.
11.2 El arrendatario no quedará en ningún caso eximido de sus responsabilidades civiles, administrativas, penales o de cualquier otra índole derivadas de un siniestro o de un comportamiento negligente.
11.3 La exención de responsabilidad del apartado 11.1 no tendrá efecto si el arrendatario incumple alguna de las obligaciones establecidas en los apartados 7 y 8.
11.4 La exención de responsabilidad del apartado 11.1 no procederá si el arrendatario ha causado el daño de forma intencionada o negligente.
11.5 Asimismo, el arrendatario responderá en los siguientes casos:
11.6 El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionados con el uso del vehículo que se reclamen al arrendador, salvo que se deban a causas imputables a este.
11.7 Si hay varios arrendatarios, estos responderán solidariamente.
12.1 El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, tras realizar todas las verificaciones y el mantenimiento necesarios para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debidos al desgaste normal, ni de los gastos, retrasos o perjuicios producidos directa o indirectamente como consecuencia de ellos.
12.2 Si por causa de fuerza mayor, caso fortuito o motivos ajenos al arrendador no pudiera entregarse el vehículo en la fecha convenida, el arrendatario no tendrá derecho a indemnización, salvo a la devolución de todas las cantidades abonadas.
12.3 El arrendador no asume ninguna responsabilidad sobre el vehículo del arrendatario que permanezca aparcado gratuitamente en sus instalaciones durante el período de alquiler.
12.4 El arrendador responderá de forma ilimitada en caso de dolo o negligencia grave. En caso de negligencia leve, solo responderá de los daños previsibles según el contrato y únicamente cuando se infrinja una obligación esencial para el cumplimiento del objeto del contrato. Esta limitación se aplica también cuando surjan obstáculos para la prestación del servicio en el momento de formalizar el contrato.
12.5 Serán válidas las Condiciones Generales vigentes en el centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler.
Para cualquier litigio derivado del contrato de alquiler o relacionado con él, las partes se someten a los juzgados y tribunales de la ciudad de Valencia.
Válidas a partir del 01.10.2026. Estas condiciones sustituyen a todas las versiones anteriores.
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